
La Cámara Segunda en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial, con sede en Chilecito, admitió formalmente la acción colectiva y dispuso parcialmente medidas cautelares de carácter provisorio mientras avanza el proceso.
Entre las medidas adoptadas, la Justicia ordenó suspender provisoriamente la aplicación de los cuadros tarifarios cuestionados y estableció que las facturas correspondientes a los períodos alcanzados por la medida sean reliquidadas tomando como referencia el cuadro tarifario de abril de 2026. Los usuarios deberán abonar sobre ese monto mientras permanezca vigente la cautelar.
Además, EDELAR deberá abstenerse de realizar cortes del suministro exclusivamente por falta de pago de las facturas comprendidas en la causa. La medida no alcanza a otras facturas que no estén incluidas en el proceso.
Desde la Justicia aclararon que estas disposiciones son transitorias y buscan preservar la situación de los usuarios mientras continúa el trámite. Por lo tanto, la resolución no determina todavía si los cuadros tarifarios cuestionados son legales, razonables o constitucionales.
La Cámara tampoco hizo lugar por ahora a todos los pedidos realizados por los amparistas. Entre ellos se encuentra la suspensión de intereses moratorios o punitorios sobre las diferencias cuestionadas y la posibilidad de computar eventuales montos cobrados de más como crédito para futuras facturas. Estos puntos serán analizados al momento de resolver la cuestión de fondo.
Como parte del proceso, EDELAR deberá contestar formalmente la demanda y presentar las pruebas que considere correspondientes. Para ello, la Justicia fijó una audiencia para el 18 de septiembre a las 10:00.
De esta manera, el expediente recién comienza a transitar las etapas de contestación, ofrecimiento y producción de pruebas. La decisión definitiva sobre la validez de los cuadros tarifarios y los demás planteos deberá surgir de la sentencia que se dicte una vez completado todo el proceso judicial.




