
La resolución, fechada el 10 de febrero de 2026, establece el procesamiento de Rodríguez Aguilera como supuesto autor penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo directo, previsto y penado por el artículo 79 del Código Penal Argentino, en perjuicio de quien en vida fuera Arias.
Además, el magistrado interviniente ordenó que el imputado continúe detenido bajo la modalidad de prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial, en la ciudad de La Rioja. En la misma resolución se dispuso trabar embargo por la suma de 35 millones de pesos ($35.000.000), conforme a lo establecido en el artículo 551 del Código Procesal Penal.
Entre otras medidas procesales, se libraron exhortos para la notificación formal del imputado y el diligenciamiento del embargo, y se ordenó comunicar lo resuelto a los progenitores de la víctima.
La decisión fue adoptada por el juez de Instrucción suplente, Dr. Jorge Elías Jalil, con intervención de la Secretaría actuante, lo que marca el avance de la causa hacia una nueva etapa dentro del proceso judicial provincial.




